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Las Rozas de Madrid
/ 5 abril 2026

El nuevo Sistema Especial de Pagos ofrece bonificaciones del 5% en tributos municipales

Solicitudes abiertas hasta el 30 de septiembre para beneficiarse a partir de enero de 2025

El nuevo Sistema Especial de Pagos ofrece bonificaciones del 5% en tributos municipales

Solicitudes abiertas hasta el 30 de septiembre para beneficiarse a partir de enero de 2025

Solicitudes abiertas hasta el 30 de septiembre para beneficiarse a partir de enero de 2025

El Ayuntamiento de Las Rozas ha implementado un nuevo Sistema Especial de Pagos Personalizado (SEPP) para facilitar el abono de tributos municipales y otros ingresos. Este sistema, en vigor desde el 1 de enero, ofrece a los vecinos la posibilidad de fraccionar sus pagos con una bonificación del 5% aplicable a cada cuota, siempre que no esté ya bonificada. Para beneficiarse a partir del primer mes el próximo año, las solicitudes deben presentarse antes del 30 de septiembre.

  • Presentación de la solicitud: Puede hacerse a través de la carpeta tributaria o de manera presencial en el departamento de recaudación voluntaria, exclusivamente para personas físicas.
  • Domiciliación bancaria: Es obligatorio domiciliar los pagos en una cuenta bancaria. El titular de los recibos debe ser el mismo que el de la cuenta bancaria; en caso contrario, se necesita autorización del titular y un certificado de titularidad.
  • Situación fiscal: No tener deudas pendientes en período ejecutivo con el Ayuntamiento, excepto aquellas que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas.
Sistema especial de pagos
Fachada del Ayuntamiento de Las Rosas / Ayuntamiento de Las Rozas

Modalidades de pago

  • Dos plazos: 28 de febrero y 31 de octubre (o día hábil posterior).
  • Cinco plazos: 28 de febrero, y los últimos días de abril, junio, agosto y octubre (o día hábil posterior).
  • Nueve plazos: 28 de febrero, y los últimos días de marzo a octubre (o día hábil posterior).

La bonificación del 5% se mantendrá siempre y cuando se cumplan los requisitos y el calendario de pagos. En caso de incumplimiento o baja del SEPP, se perderá automáticamente la bonificación sin necesidad de notificación, siendo la bonificación máxima de 100 euros por solicitante. Los pagos del SEPP se calcularán en base a las cuotas del año anterior y se ajustarán anualmente. Todos los pagos deben realizarse mediante domiciliación bancaria; las bonificaciones no se aplicarán si se efectúan mediante carta de pago.

El Ayuntamiento de Las Rozas ha implementado un nuevo Sistema Especial de Pagos Personalizado (SEPP) para facilitar el abono de tributos municipales y otros ingresos. Este sistema, en vigor desde el 1 de enero, ofrece a los vecinos la posibilidad de fraccionar sus pagos con una bonificación del 5% aplicable a cada cuota, siempre que no esté ya bonificada. Para beneficiarse a partir del primer mes el próximo año, las solicitudes deben presentarse antes del 30 de septiembre.

  • Presentación de la solicitud: Puede hacerse a través de la carpeta tributaria o de manera presencial en el departamento de recaudación voluntaria, exclusivamente para personas físicas.
  • Domiciliación bancaria: Es obligatorio domiciliar los pagos en una cuenta bancaria. El titular de los recibos debe ser el mismo que el de la cuenta bancaria; en caso contrario, se necesita autorización del titular y un certificado de titularidad.
  • Situación fiscal: No tener deudas pendientes en período ejecutivo con el Ayuntamiento, excepto aquellas que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas.
Sistema especial de pagos
Fachada del Ayuntamiento de Las Rosas / Ayuntamiento de Las Rozas

Modalidades de pago

  • Dos plazos: 28 de febrero y 31 de octubre (o día hábil posterior).
  • Cinco plazos: 28 de febrero, y los últimos días de abril, junio, agosto y octubre (o día hábil posterior).
  • Nueve plazos: 28 de febrero, y los últimos días de marzo a octubre (o día hábil posterior).

La bonificación del 5% se mantendrá siempre y cuando se cumplan los requisitos y el calendario de pagos. En caso de incumplimiento o baja del SEPP, se perderá automáticamente la bonificación sin necesidad de notificación, siendo la bonificación máxima de 100 euros por solicitante. Los pagos del SEPP se calcularán en base a las cuotas del año anterior y se ajustarán anualmente. Todos los pagos deben realizarse mediante domiciliación bancaria; las bonificaciones no se aplicarán si se efectúan mediante carta de pago.

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