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Las Rozas de Madrid
/ 19 abril 2024

Guía para solicitar las ayudas de 1.000 euros por nacimiento o adopción

Mínimo, uno de los progenitores o adoptantes tiene que estar empadronado en el municipio

Guía para solicitar las ayudas de 1.000 euros por nacimiento o adopción

Mínimo, uno de los progenitores o adoptantes tiene que estar empadronado en el municipio

Mínimo, uno de los progenitores o adoptantes tiene que estar empadronado en el municipio

Las familias de Las Rozas pueden recibir ayudas por nacimiento o adopción de 1.000 euros por cada hijo, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año. El Ayuntamiento ha fomentado esta iniciativa a través de la Concejalía de Servicios Sociales. En todos los casos, se puede dar únicamente una ayuda por menor nacido o adoptado.

Pueden solicitar las ayudas todos los españoles o extranjeros con residencia legal en España. Mínimo, uno de los progenitores o adoptantes tiene que estar empadronado en Las Rozas, durante un año consecutivo, inmediato anterior al 1 de enero de 2023. Los niños nacidos o adoptados también tienen que estar empadronados con el progenitor o adoptante que solicita la ayuda.

Los padres pueden recibir esta ayuda de forma directa cuando la soliciten correctamente. Para ello, deben entregar estos documentos:

  • Una fotocopia del DNI o pasaporte
  • Una fotocopia del libro de familia/registro civil
  • Un documento acreditativo de titularidad de la cuenta donde se solicita que se haga el ingreso
  • Un volante de empadronamiento
  • Una fotocopia cotejada de la resolución de adopción (en caso de que el menor sea adoptado)

Plazos de solicitud de las ayudas por nacimiento

Todo el que quiera recibir la ayuda, debe solicitarla dentro del período establecido. El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación necesaria en la actual Convocatoria, es de 30 días naturales desde la fecha de nacimiento o adopción.

No obstante, si el nacimiento o la adopción se ha producido antes de que la presente Convocatoria de ayudas fuese publicada, el plazo de presentación de la solicitud es de 30 días naturales desde la fecha de publicación de la Convocatoria.

ayudas por nacimiento las rozas
Ayudas por nacimiento o adopción. Fuente: Web del Ayuntamiento de Las Rozas

¿Cómo se solicitan las ayudas?

Para solicitar las ayudas es fundamental presentar todos los documentos requeridos en los plazos que marca la actual Convocatoria. Si se cumplen todos los requisitos para optar a los 1.000 euros por adopción o nacimiento, las solicitudes se pueden presentar de la siguiente manera:

 De forma telemática:

De forma presencial

En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento, cuyo régimen de funcionamiento está regulado en el Reglamento del Registro General de Documentos del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid:

  • En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (Casa Consistorial). Dirección: Pl. Mayor, 1, 28231. Horarios: De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 y de 16:00 a 20:00 horas. Sin cita previa en el horario establecido. El último ticket de turno se da 15 minutos antes del final del horario fijado.
  • En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (Polideportivo Dehesa de Navalcarbón). Dirección: Av. Ntra. Señora del Retamar, 16, 28232. Horarios: De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas. Sin cita previa en el horario establecido: primer ticket a las 08:45 horas y el último a las 13:30 horas.
  • En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (Centro Cívico de Las Matas). Dirección: P.º Alemanes, 31, 28290. Horarios: De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas. Sin cita previa en el horario establecido. El último ticket de turno se da 15 minutos antes del final del horario fijado.

Las solicitudes se van a mandar a la Concejalía de Familia, Servicios Sociales y Distrito Centro del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid. Para solventar dudas o recibir más información, se puede llamar al teléfono de Atención al Ciudadano (010) o escribir al correo ayudasnacimiento@lasrozas.es.

Las familias de Las Rozas pueden recibir ayudas por nacimiento o adopción de 1.000 euros por cada hijo, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de este año. El Ayuntamiento ha fomentado esta iniciativa a través de la Concejalía de Servicios Sociales. En todos los casos, se puede dar únicamente una ayuda por menor nacido o adoptado.

Pueden solicitar las ayudas todos los españoles o extranjeros con residencia legal en España. Mínimo, uno de los progenitores o adoptantes tiene que estar empadronado en Las Rozas, durante un año consecutivo, inmediato anterior al 1 de enero de 2023. Los niños nacidos o adoptados también tienen que estar empadronados con el progenitor o adoptante que solicita la ayuda.

Los padres pueden recibir esta ayuda de forma directa cuando la soliciten correctamente. Para ello, deben entregar estos documentos:

  • Una fotocopia del DNI o pasaporte
  • Una fotocopia del libro de familia/registro civil
  • Un documento acreditativo de titularidad de la cuenta donde se solicita que se haga el ingreso
  • Un volante de empadronamiento
  • Una fotocopia cotejada de la resolución de adopción (en caso de que el menor sea adoptado)

Plazos de solicitud de las ayudas por nacimiento

Todo el que quiera recibir la ayuda, debe solicitarla dentro del período establecido. El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación necesaria en la actual Convocatoria, es de 30 días naturales desde la fecha de nacimiento o adopción.

No obstante, si el nacimiento o la adopción se ha producido antes de que la presente Convocatoria de ayudas fuese publicada, el plazo de presentación de la solicitud es de 30 días naturales desde la fecha de publicación de la Convocatoria.

ayudas por nacimiento las rozas
Ayudas por nacimiento o adopción. Fuente: Web del Ayuntamiento de Las Rozas

¿Cómo se solicitan las ayudas?

Para solicitar las ayudas es fundamental presentar todos los documentos requeridos en los plazos que marca la actual Convocatoria. Si se cumplen todos los requisitos para optar a los 1.000 euros por adopción o nacimiento, las solicitudes se pueden presentar de la siguiente manera:

 De forma telemática:

De forma presencial

En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento, cuyo régimen de funcionamiento está regulado en el Reglamento del Registro General de Documentos del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid:

  • En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (Casa Consistorial). Dirección: Pl. Mayor, 1, 28231. Horarios: De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 y de 16:00 a 20:00 horas. Sin cita previa en el horario establecido. El último ticket de turno se da 15 minutos antes del final del horario fijado.
  • En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (Polideportivo Dehesa de Navalcarbón). Dirección: Av. Ntra. Señora del Retamar, 16, 28232. Horarios: De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas. Sin cita previa en el horario establecido: primer ticket a las 08:45 horas y el último a las 13:30 horas.
  • En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (Centro Cívico de Las Matas). Dirección: P.º Alemanes, 31, 28290. Horarios: De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas. Sin cita previa en el horario establecido. El último ticket de turno se da 15 minutos antes del final del horario fijado.

Las solicitudes se van a mandar a la Concejalía de Familia, Servicios Sociales y Distrito Centro del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid. Para solventar dudas o recibir más información, se puede llamar al teléfono de Atención al Ciudadano (010) o escribir al correo ayudasnacimiento@lasrozas.es.

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